ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL
CONSUCOOP
Cumplir y hacer cumplir la legislación de cooperativas
Cumplir y hacer cumplir la legislación cooperativas y las demás normas legales pertinentes.
Aprobar anualmente el Plan Operativo
Aprobar anualmente el Plan Operativo y el presupuesto.
Revisar y aprobar cada cinco años
Revisar y aprobar cada cinco años el aporte anual a cobrar a las cooperativas.
Autorizar la adquisición de bienes y servicios
Autorizar la adquisición de bienes y servicios conforme a las normas presupuestarias vigentes.
Aceptar herencias legados y donaciones.
Aceptar herencias legados y donaciones.
Establecer y reglamentar la organización interna
Establecer y reglamentar la organización interna del Consejo Nacional Supervisor de Cooperativas CONSUCOOP, dentro del marco de la presente Ley.
Establecer, aprobar y vigilar el cumplimiento
Establecer, aprobar y vigilar el cumplimiento del código de conducta y ética de los empleados.
Autorizar licencias al Director Ejecutivo
Autorizar licencias al Director Ejecutivo del Consejo Nacional Supervisor de Cooperativas CONSUCOOP.
Proponer al Poder Ejecutivo
Proponer al Poder Ejecutivo, por medio de la Secretaria de Estado en los Despachos de Industria y Comercio, reformas a la presente Ley y su Reglamentos.
Conocer los informes de auditoría interna y externa
Conocer los informes de auditoría interna y externa del Consejo Nacional Supervisor de Cooperativas CONSUCOOP.
Autorizar la apertura de oficinas
Autorizar la apertura de oficinas del Consejo Nacional Supervisor de Cooperativas CONSUCOOP, en cualquier lugar del territorio Nacional.
Aprobar las políticas
Aprobar las políticas, reglamentos y normativas que se imitan.
Autorizar la constitución de gravámenes
Autorizar la constitución de gravámenes sobre bienes del consejo nacional supervisor de cooperativas CONSUCOOP, así como la enajenación de los mismos.
Resolver recursos contra las resoluciones emitidas
Resolver recursos contra las resoluciones emitidas por el Consejo Nacional Supervisor de Cooperativas CONSUCOOP, a excepción de lo relacionados con la superintendencia de Ahorro y Credito.